Con la Navidad a la vuelta de la esquina, la planificación de las vacaciones se convierte en un tema central en las empresas. Un asunto que, a menudo, genera disputas que acaban resolviéndose en los tribunales, como las relativas a una posible pérdida de los días de vacaciones anuales no disfrutados al concluir el año. Recientemente, el Tribunal Superior de Justicia de Navarra se ha pronunciado sobre ello y ha declarado que el empresario debe velar porque el trabajador pueda disfrutar de sus vacaciones anuales pagadas, incitándole formalmente a hacerlo.
A vueltas con el salario
La determinación de la retribución que percibe el empleado cuando está de vacaciones también ha sido objeto de conflicto ante los tribunales. Luis Aguilar, counsel de Eversheds Sutherland, destaca a este respecto una sentencia del Tribunal Supremo, de 18 de junio de 2020 donde se estableció que en la retribución correspondiente a los períodos de vacaciones deben incluirse todos los conceptos salariales ordinarios, no solo el salario base, a fin de que el trabajador no vea reducidos sus ingresos respecto a los tiempos de trabajo efectivo. El tribunal también se ha pronunciado en diversas ocasiones sobre complementos retributivos concretos como el plus de nocturnidad, las guardias o las horas extra, concluyendo que el factor determinante para seguir cobrándolos en vacaciones sea su habitualidad.